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Sobre la opinión emitida ayer por la Comisión Federal de Competencia (CFC) en relación a varios temas en materia aeroportuaria, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informa que revisará cuidadosamente el documento completo dirigido, entre otros, al titular de ésta Secretaría, con el fin de estar en condiciones de dar respuesta puntual a la CFC e instrumentar aquellas recomendaciones que procedan en beneficio de los usuarios de los 84 aeropuertos que operan en el país y en concordancia con las leyes vigentes.
Con el fin de evitar confusiones innecesarias entre la opinión pública, adicionalmente y en forma preliminar, la SCT hace los siguientes comentarios y precisiones sobre el documento emitido por la Comisión Federal de Competencia:
Ø Con base en la tabla del Anexo 3 del propio documento de la CFC, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México se ubica en el lugar 37 en cuanto al costo del servicio entre los 50 aeropuertos más representativos elegidos por ese organismo, lo que no puede interpretarse como que en que México se tengan las tarifas más altas del mundo. En este listado, además, se mezclan aeropuertos financiados con recursos públicos y aquellos cuya infraestructura fue posible realizarse con inversión privada, lo que los coloca comparativamente en situaciones distintas.
Ø En cuanto a la afirmación de que es necesario que los aeropuertos compitan entre sí, ésta es una idea deseable, pero factible solo cuando los aeropuertos están en la misma zona metropolitana. Es imposible que el aeropuerto de Monterrey compita con el de Tijuana o el de Mérida, pero inclusive es imposible que el aeropuerto de Cuernavaca compita con el de Puebla o el de Querétaro como lo implica el propio documento, derivado del hecho de que por su ubicación geográfica cada uno tiene su propio nicho de operación.
Ø La SCT está totalmente de acuerdo con la CFC en regular los aeropuertos en los que el Gobierno Federal cuenta con una participación accionista minoritaria, para lo que se requiere la opinión de la Comisión.
Ø Sobre el tema de propiedades cruzadas, que implica que un accionista en una aerolínea no tenga más del 5% de acciones en un grupo que maneje terminales aéreas y viceversa, la SCT ha cuidado en todo momento, y seguirá haciéndolo, de que esta situación no se presente en el país.
Ø En cuanto a la regulación tarifaria y de “crear un regulador independiente que debiera aplicar la fórmula existente” se le recuerda a la CFC que la SCT es un regulador independiente, por lo que no es necesaria la creación de otro ente que genere mayor gasto a los contribuyentes. El gobierno federal ha tomado decisiones que están fortaleciendo radicalmente la capacidad de la autoridad aeronáutica al ser esta recientemente declarada instancia de seguridad nacional y dotándola de recursos humanos necesarios y suficientes para cumplir con sus responsabilidades, entre ellas la de regulación tarifaria de los aeropuertos.
Ø Es importante informar que la regulación tarifaria para la operación de los aeropuertos en México se aplica a través de Planes Maestros de Desarrollo quinquenales. Las últimas revisiones a los tres grupos que actualmente operan aeropuertos en el país se llevaron a cabo en 2003, 2004 y 2005, por lo que la siguiente revisión se hará entre 2008 y 2010. La SCT garantiza que dicha revisión se realice con absoluta claridad y transparencia, vigilando además que las proyecciones de tráfico y el factor de eficiencia sean debidamente estimados para permitir la recuperación de las inversiones sin rentas excesivas. La tasa de crecimiento de las utilidades ha estado por arriba de lo esperado debido a que el crecimiento del tráfico aéreo ha superado las expectativas que se tenían hace pocos años.
Ø Durante estas revisiones la SCT ya preveía, desde el inicio de esta Administración, impulsar modificaciones para alcanzar una tasa de retorno razonable para los inversionistas, con una ganancia que beneficie la competencia entre líneas aéreas para favorecer a los usuarios. Lo anterior contemplando la necesidad de no modificar los Títulos de Concesión actuales, ya que ello implicaría la violación tanto de leyes nacionales como del Capítulo 11 del TLCAN y de otros tratados internacionales de comercio, así como las condiciones en las que fueron colocadas las acciones en los mercados internacionales.
Ø La CFC propone que el servicio de suministro de combustible sea proporcionado por otros proveedores de servicios. Sin embargo, en nuestro país el combustible de aviación es controlado por Aeropuertos y Servicios Auxiliares de manera exclusiva, por razones de seguridad nacional. Además, llama la atención que la misma CFC señale en su propuesta precisamente las razones que hacen imposible por restricciones físicas o económicas la realización de dicha propuesta. Es importante señalar que el costo por el servicio de suministrar el combustible representa menos del 1.5% del costo total del mismo y que el combustible representa a su vez aproximadamente el 20% del costo de operación de las aerolíneas.
Ø La SCT ha estado promoviendo ante los aeropuertos junto con los gobiernos locales la apertura a la competencia en el servicio de taxis, pero siempre con esquemas graduales que garanticen el mantener la seguridad para los usuarios.
Ø La verdadera solución al problema de fondo de la congestión aeroportuaria se da a través de construir mas infraestructura. Las subastas de horarios de operación (slots) solo agregan un costo adicional para las aerolíneas en perjuicio de los pasajeros.
Adicionalmente a las medidas de vigilancia de la seguridad aérea que ejecuta la SCT, la Dirección General de Aeronáutica Civil determinó la contratación de un consultor internacional que supervise el cumplimiento de los estándares de calidad en el servicio requeridos en los aeropuertos a partir de 2008.
La SCT reitera su compromiso con los usuarios de transporte aéreo, mismo que no termina en materia de seguridad y calidad, sino que también se amplía a todos aquellos procesos regulatorios que impliquen menores costos y mayor eficiencia operativa.
La SCT es consciente de la necesidad de fomentar la competencia en todos los ámbitos de su ejercicio regulatorio, por lo cual en diversos temas ha mostrado, y seguirá haciéndolo, el principio de beneficio para los usuarios ya sea de transporte, infraestructura carretera, portuaria, ferroviaria y multimodal, así como en el rubro de las telecomunicaciones.
Este principio no es ni será la excepción en el caso de los usuarios de transporte aéreo y, en consecuencia, de la infraestructura aeroportuaria del país.
Es importante resaltar el hecho de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes seguirá garantizando la continuidad del transporte de pasajeros por avión dada la importancia estratégica que ello tiene para el país, tanto en materia de turismo como de negocios. Gracias a las políticas implementadas en la materia, entre 2002 y 2006 el crecimiento del transporte nacional de pasajeros fue de 28% y para 2007 se estima en 22%.
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3/10/07
Comunicado de la SCT
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