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- La SCT no incurre en desacato ya que no existe un juicio de amparo de por medio.
- Se refrenda respeto a las decisiones firmes que emita el Poder Judicial de la Federación.
La entrega de concesiones a los ganadores de las licitaciones 20 y 21, de las bandas 1.7 y 1.9 megahertz, respectivamente, no presenta impedimentos legales ya que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) cumplen con un procedimiento legal especial previsto en la Ley.
El juicio 174/2010 radicado ante la Juez Tercero de Distrito en Acapulco, promovido por un operador de telecomunicaciones, no es un juicio de amparo. Se trata de un juicio ordinario en el que las partes se consideran iguales y cuyas resoluciones pueden revocarse o modificarse por un Tribunal Superior en grado.
Por ello, no existe desacato por parte de la SCT ya que ésta tiene expedito su derecho para hacer valer todos los medios de oposición e impugnación que autoriza la Ley. Esos medios de defensa se interpondrán según sean necesarios o convenientes para la adecuada conducción del proceso.
Las prestaciones reclamadas en el juicio 174/2010, corresponden a reclamos previamente expuestos por la misma demandante o sus empresas filiales a lo largo de más de 60 juicios registrados.
Ninguno de dichos juicios se cita en la demanda, sin embargo, en su oportunidad se harán valer los precedentes por parte de la SCT.
En función de lo anterior, se reitera:
- El proceso de licitación 21 conducido por la Cofetel continúa con normalidad.
- No existe impedimento legal alguno para la entrega de concesiones a los ganadores de las licitaciones 20 y 21.
- La SCT es y seguirá siendo respetuosa de las decisiones firmes e inatacables que emita el Poder Judicial Federal.
- En todo momento, la SCT garantizará la eficacia, legalidad y transparencia en las Licitaciones 20 y 21.
17/8/10
Sin impedimentos, entrega de concesiones en telecomunicaciones
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