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- Para el Sector Residencial, las lámparas incandescentes de 100 watts y mayores no podrán comercializarse a partir de diciembre de 2011; las de 75 watts a partir de diciembre de 2012 y las de 60 y 40 watts a partir de diciembre de 2013.
- Para los Sectores Comercial y Servicios, el Proyecto de NOM establecer los valores de eficacia mínima (eficiencia energética) que deberán cumplir lámparas fluorescentes lineales.
- Para el Sector Industrial y Alumbrado Público, se establecen los valores mínimos de eficacia que deberán observar las lámparas de alta intensidad de descarga.
- El Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2009-2012 estima que al entrar en vigor esta Norma en todas sus vertientes, en el 2030 el consumo de energía por iluminación registrará una caída de alrededor de 48%, respecto a su línea base, con las consecuentes inversiones evitadas para la generación de electricidad.
En sesión del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) se aprobó el proyecto de NOM-028-ENER-2010 Eficiencia Energética de Lámparas para Uso General. Límites y Métodos de Prueba que establece los límites mínimos de eficacia para las lámparas destinadas a la iluminación de los sectores residencial, comercial y servicios, industrial y alumbrado público, que se comercialicen en territorio nacional.
El Proyecto de Norma establece que, para el sector residencial, las lámparas incandescentes de 100 watts y mayores no podrán comercializarse a partir de diciembre de 2011; las de 75 watts a partir de diciembre de 2012 y las de 60 y 40 watts a partir de diciembre de 2013.
Las lámparas fluorescentes compactas autobalastradas deberán seguir cumpliendo con la NOM-017-ENER/SCFI vigente.
Respecto a los sectores comercial y servicios, el proyecto de la Norma establece valores de eficacia mínima para las lámparas fluorescentes lineales, mientras que para el sector industrial y alumbrado público señala los valores mínimos de eficacia para las lámparas de alta intensidad de descarga.
Con este instrumento normativo se da cumplimiento a la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía que en su Artículo 7, fracción X, señala que el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, incluirá una estrategia para la sustitución de lámparas incandescentes por lámparas ahorradoras de energía.
En ese sentido, se atiende lo señalado en el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2009-2012, publicado por el Ejecutivo Federal el 27 de noviembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, que establece como objetivo 2, incrementar la eficiencia del parque de focos para iluminación y, en una de sus líneas de acción, el publicar una norma de eficiencia energética para iluminación que --en la práctica-- promueva un cambio hacia las tecnologías más eficientes.
Asimismo, el Proyecto de Norma da atención a la instrucción del C. Presidente la República –durante la presentación del Programa Luz Sustentable a finales del 2009-- para que la Secretaría de Energía preparara una norma a fin de sustituir, en el mediano plazo, todos los focos incandescentes del país, por lámparas ahorradoras, mediante un proceso gradual, ordenado y eficiente.
De acuerdo a estimaciones del Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, al entrar en vigor la Norma de Iluminación en todas sus vertientes, en el año 2030 el consumo de energía por iluminación, registrará una caída de alrededor de 48% respecto a su línea base, con las consecuentes inversiones evitadas para la generación de electricidad en el período de estudio.
Entre los objetivos de la regulación propuesta, destaca que en las horas de mayor demanda de energía eléctrica, los aparatos o sistemas normalizados con consumos más eficientes contribuyen a disminuir dicha demanda y, en consecuencia, a reducir o diferir las inversiones de capital a la ampliación de infraestructura para la generación de energía eléctrica. Al disminuir el consumo de energía eléctrica se reduce la quema de recursos naturales no renovables y la emisión de contaminantes a la atmósfera.
Actualmente, existen tecnologías de iluminación, que se utilizan en los diversos sectores, que son más eficientes que las convencionales para la generación de iluminación y, por consiguiente, utilizan menor energía para su funcionamiento. Algunas de estas tecnologías, además de lograr una mayor eficiencia en la conversión de energía en iluminación, tienen una vida útil significativamente más larga en comparación con las tecnologías convencionales.
De acuerdo al Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, se estima que el consumo energético por iluminación en México representa aproximadamente el 18% del consumo total de energía eléctrica. Este consumo se realiza a través de un parque estimado de 290 millones de focos, tubos fluorescentes, focos incandescentes y lámparas fluorescentes compactas, entre otros.
En México, como en el mundo hay un incremento constante en la demanda de energía, aproximadamente el 85% de los energéticos provienen de recursos naturales no renovables, principalmente hidrocarburos y carbón, lo que obliga a una búsqueda de alternativas que permitan contribuir en la preservación de dichos recursos naturales. Una de estas alternativas, con resultados positivos, es la elaboración de Normas Oficiales Mexicanas de Eficiencia Energética que regulan los consumos de energía de aquellos sistemas que, por su demanda de energía y número de unidades requeridas en el país, ofrezcan un potencial de ahorro cuyo costo-beneficio sea satisfactorio para la Nación y los sectores de la producción y el consumo.
Es importante, señalar que en la elaboración del proyecto de Norma en cuestión, se considera una sustitución gradual de lámparas ineficientes por eficientes, en los sectores residencial, comercial y servicios e industrial y alumbrado público.
Durante los trabajos para la elaboración del proyecto de la NOM participó la Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas (Caname) y sus asociados, así como la Asociación de Normalización y Certificación y se analizaron a nivel internacional las iniciativas que se están considerando en la materia.
Además la experiencia de la CONUEE, en el uso eficiente de la energía, demuestra que las Normas Oficiales Mexicanas son el mecanismo idóneo, con resultados positivos, para regular el consumo de energía de los equipos que por su demanda de energía y número de unidades requeridas en el país, ofrecen un potencial de ahorro cuyo costo-beneficio ha sido satisfactorio para el país y los sectores de la producción y el consumo.
El proyecto de Norma contribuirá --en gran medida-- a mantener la competencia efectiva del mercado nacional, estableciendo las características mínimas de eficiencia energética de los productos a los que aplica, sin limitar la libre competencia, pero evitando que se comercialicen equipos ineficientes, al tiempo que se ahorra energía y se contribuye a la preservación de los recursos naturales.
Los consumidores se verán beneficiados al contar con productos con mejores estándares eficiencia energética y su facturación eléctrica se verá disminuida. Al establecer la eficacia mínima de las lámparas también se asegura que los componentes de las mismas, sean de la mejor calidad.
Igualmente, en el Proyecto de NOM se establece-- de forma escalonada-- el cumplimiento con las especificaciones de los diferentes tipos de lámparas, para dar oportunidad de que los fabricantes realicen las modificaciones pertinentes en sus líneas de producción o de que planeen las importaciones de los productos que no se fabriquen en México.
Las propuestas que se incluyen en el Proyecto de NOM son resultado del consenso obtenido durante las reuniones de trabajo coordinadas por la CONUEE con los principales actores involucrados. Durante su elaboración los integrantes del grupo aportaron ideas que se plasmaron en el documento, como: determinar los valores de eficacia, los métodos de prueba para estipular dichos valores, la agrupación por familias para la certificación de los productos y el procedimiento para la evaluación de la conformidad.
28/8/10
Aprueban el proyecto de nom eficiencia energética de lámparas para uso general
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