Informanet

6/12/10

Legal, la entrega de títulos de concesión de licitación 21: SCT

Bienvenidos al Sitio Web www.informanet1.com Director General: Erasmo Martínez Cano… Comentarios y sugerencias: Editor: Erasmo Martínez / Javier Tlatoa ( portal@informanet1.com ) ( erasmocano@gmail.com ) Informanet Videos


-         La Juez Decimosexto de Distrito en Córdoba, Veracruz, resolvió que no existe ninguna responsabilidad del Secretario de Comunicaciones y Transportes, al entregar los títulos de concesión de la licitación 21 a NII Digital S.A.de C.V. (Grupo Nextel)

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) “no incurrió en responsabilidad al entregar los títulos de concesión de la licitación 21, ya que no fue notificada con la oportunidad debida”, determinó la Juez Decimosexto de Distrito con sede en Córdoba, Veracruz.

Lo anterior de acuerdo con la resolución de la juez y contrario a la versión difundida acerca de que el titular de la SCT, maestro Juan Francisco Molinar Horcasitas violó una medida cautelar al incurrir en la comisión del delito de abuso de autoridad, al entregar los títulos de dicho proceso.

La SCT entregó los títulos el 1 de octubre de 2010 y cinco días después fue legalmente notificada (6 de octubre) de la suspensión provisional que impedía su entrega y notificación, razón por la que la Juez de Distrito, el 13 de octubre dictó una nueva sentencia en la que determinó dejar sin efectos la suspensión anterior otorgada y negar de forma definitiva la suspensión promovida por Grupo Iusacell, por tratarse de hechos consumados.

Dicha sentencia resuelve el incidente de violación a la suspensión y establece que sólo se deberá dejar sin efectos la entrega de los títulos de concesión. La resolución será impugnada por la SCT a través de los medios legales correspondientes, una vez que le sea notificada en términos de la ley.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes considera que la Juez de Distrito, al imprimir los efectos descritos de forma equivocada y contrario a la ley, otorgó efectos restitutorios propios de la sentencia que resolverá el fondo del asunto y no de un incidente de violación a la suspensión.


regresar/home

0 comentarios: