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1/4/08

Publica SCT Norma Oficial de Peso y Dimensiones para el autotransporte

Bienvenidos(Welcome) Web-Site www.informanet1.com Director General: Erasmo Martínez Cano… Comentarios y sugerencias: Editor: Erasmo Martínez / Javier Tlatoa ( portal@informanet1.com ) ( erasmocano@gmail.com )

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Ø Regirá a los vehículos de autotransporte que transitan por las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

Ø Con ello, México cuenta con una nueva normatividad, que permite avanzar en la modernización del país y optimizar la productividad.

Para mejorar las condiciones de seguridad, protección de la infraestructura carretera y el desarrollo de la actividad productiva del país, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación la Norma de Peso y Dimensiones a la que deberán sujetarse los vehículos de autotransporte que transitan por las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.

La Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-2008, aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre el pasado 25 de marzo y que entrará en vigor en 60 días naturales contados a partir de esta fecha, durante 14 años fue discutida sin lograr consensos y fue retomada por la administración del Presidente Felipe Calderón desde el inicio de su administración para lograr destrabarla en sólo 16 meses de negociaciones con el sector.

La SCT y el Comité acordaron, por amplio consenso, la Norma que reduce el peso por eje y tipo de camino y peso bruto de la mayoría de las combinaciones vehiculares. Las negociaciones fueron encabezadas por el subsecretario de Transporte, Manuel Rodríguez Arregui.

Así, por ejemplo, en las carreteras tipo B (caminos de conexión que representan el 26.7% de los caminos del país), el peso bruto vehicular (PBV) de las dobles combinaciones bajará de 81 toneladas a 66 y se eliminará su circulación de estas combinaciones en los caminos tipo C, sin permiso previo, (carreteras alimentadoras, que representan el 16% de la red).

La nueva NOM sobre el Peso y Dimensión Máximas con los que Pueden Circular los Vehículos de Autotransporte que Transitan en las Vías Generales de Comunicación de Jurisdicción Federal, también elimina la discrecionalidad para circular por caminos de menor especificación hasta por 150 kilómetros. Ahora, para ello, se requerirá de un permiso específico de la SCT donde, en su caso, se establecerán las condiciones de seguridad con las que deben circular.

La Norma establece que es importante aplicar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los usuarios de las carreteras, a fin de disminuir el índice de accidentes. Para lograr esto, es necesario que el parque vehicular del autotransporte incorpore equipos con tecnologías más avanzadas, que actualmente se encuentran disponibles en México, las cuales, además de mejorar la seguridad, permiten una oferta del servicio más competitiva.

También establece incrementar los requisitos para aquellos vehículos que se les autoriza un mayor peso por eje, los cuales consisten en: contar con certificados de condiciones físico-mecánicas y de baja emisión de contaminantes, motor electrónico con potencia y torque al PBV que se autoriza, ejes con capacidad mínima para el mismo fin, sistema antibloqueo de frenos y freno auxiliar para contar con mejor capacidad de frenado en casos de emergencia, contar con cadenas de seguridad para evitar desprendimientos de remolques en las dobles combinaciones y conductores con licencia específica; entre otras.

La NOM-012-SCT-2-2008 considera que se requieren esfuerzos adicionales para incrementar la competitividad del autotransporte en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, mediante la adopción de medidas concertadas con los diferentes actores, destacando, entre otros, el desarrollo de la infraestructura, la seguridad, la modernización del parque vehicular, la inspección y vigilancia, tráfico seguro, corresponsabilidad de los usuarios y prestadores del servicio.

Por ello, incluye también disposiciones para incrementar la productividad y versatilidad del parque vehicular existente, y permite la autorregulación sujeta a una fianza de un millón 650 mil pesos, para casos de incumplimiento.

La nueva Norma contó con la aprobación de los representantes acreditados en el Comité: Canacar, Canapat, ANTP, ANPACT, Concamin, Canacintra y la Asociación Mexicana de Empresas Ferrocarrileras, AMIA, ANIQ, entre otros; así como instituciones académicas y de investigación como la Universidad Nacional Autónoma de México, los institutos Politécnico Nacional, Mexicano del Petróleo y Mexicano del Transporte, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; además de funcionarios de las secretarías de la Defensa Nacional, Gobernación, Seguridad Pública, Economía, Hacienda y Crédito Público, Relaciones Exteriores, Salud, del Trabajo y Previsión Social, Turismo y Agricultura, Ganadería, Recursos Naturales, Pesca y Alimentación, Procuraduría Federal del Consumidor.

Con esta nueva normatividad, México cuenta con un instrumento jurídico que da certeza a la industria del transporte y los fabricantes de vehículos del país.

Con la publicación, a la NOM se le da carácter oficial a fin de que entre en vigor conforme a los tiempos que marca la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

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