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1/5/08

Nuevo reglamento de SCT, fortalece la atención ciudadana: Martínez Pous

Bienvenidos(Welcome) Web-Site www.informanet1.com Director General: Erasmo Martínez Cano… Comentarios y sugerencias: Editor: Erasmo Martínez / Javier Tlatoa ( portal@informanet1.com ) ( erasmocano@gmail.com )

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Ø La normatividad se encuentra en proceso de consulta ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Ø Propone la creación del Comité de Infraestructura, órgano colegiado de la SCT, que definirá los grandes proyectos de infraestructura del país.

Optimizar las funciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), al hacer más ágil la atención ciudadana; definir jurídicamente las facultades de cada una de las áreas de la dependencia y crear el Comité de Infraestructura (órgano colegiado que definirá el rumbo de los grandes proyectos en la materia), sin crecer el gasto corriente, son la base del nuevo Reglamento Interno de la dependencia, que se encuentra en etapa de consulta ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).

El titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la SCT, Gonzalo Martínez Pous, explicó que desde el 15 de abril pasado, la Secretaría solicitó a la Cofemer la exención de la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) al Proyecto de Reglamento, el cual, dijo, “fortalecerá como institución a esta dependencia”.

Martínez Pous recordó que el reglamento en vigor data del 21 de junio de 1995, fecha desde la cual ha sido sometido a ocho reformas y adiciones, por ello, es necesario actualizarlo y adecuarlo, conforme a las atribuciones actuales de esta dependencia, de las leyes vigentes y los requerimientos del país.

“En lugar de seguir haciendo artículo bis, conviene darle integridad, que sea un Reglamento Interior expedido en esta administración y que el funcionamiento de la Secretaría hacia la ciudadanía sea mucho más fácil, especialmente, que otorgue seguridad jurídica para los gobernados. Es mejor tener un reglamento integral y ágil que seguir trabajando con un reglamento con parches”, afirmó.

Indicó que el Proyecto de Reglamento Interior de la SCT considera el nulo crecimiento del gasto corriente. Es decir, no se crea ninguna unidad administrativa, por el contrario, se agilizan los procedimientos y servicios que la SCT presta a la población.

El nuevo Reglamento Interno incluye la conformación de un Comité de Infraestructura, organismo colegiado de la SCT, que definirá los grandes proyectos en la materia a cargo de la dependencia, los cuales, “ya no dependerán de una sola unidad administrativa, sino que tendrán que pasar por este Comité. Con ello, las distintas áreas de la Secretaría intervendrán directamente en la solución, propuesta y ejecución de los megaproyectos.

Además, puntualiza como facultad indelegable del Secretario de Comunicaciones y Transportes resolver la prórroga, refrendo o modificación de las concesiones y permisos en materia de radiodifusión, así como declarar administrativamente su caducidad, nulidad, rescisión o revocación.

También se cambiará el nombre de algunas unidades administrativas de la dependencia, al tiempo que se incorporarán las otras que orgánicamente ya existen en la Secretaría y que emiten actos de autoridad. Lo anterior, a fin de evitar autoridades de facto.

De igual forma, dijo que se mencionan expresamente a los órganos desconcentrados de la SCT (Comisión Federal de Telecomunicaciones, Instituto Mexicano del Transporte y Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano), sin que exista modificación a sus funciones, salvo aquellas derivadas de la reforma del 11 de abril de 2006, en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

En cuanto a la entrada en vigor del nuevo Reglamento, Martínez Pous explicó que no hay un plazo definido, pero que “una vez que se tengan las autorizaciones, que pase por el proceso de mejora regulatoria, ya sea con la exención o a través del proceso completo y que se cuenten con las autorizaciones de las secretarías de Hacienda y de la Función Pública, lo revisará la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, para que, finalmente, lo refrende el Secretario, lo autorice y firme el Presidente de la República”, concluyó.

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